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Mantenimiento Anual:
El mantenimiento consistirá en una cuidadosa verificación del
extintor, con el fin de dar una máxima seguridad que el mismo
operará segura y efectivamente.
Los extintores se someterán a
mantenimiento por lo menos anualmente o cuando surja de los
resultados de alguno de los controles realizado.
Recarga:
La recarga consistirá en el llenado o reemplazo del agente extintor.
Para cierto tipo de extintores también incluirá el gas impulsor.
Todos los extintores deberán recargarse después de su uso, o cuando
lo indique una inspección, o cuando se realice el mantenimiento.
Tarjeta y registro:
Cada extintor tendrá una tarjeta y/o etiqueta adherida firmemente
que indique el mes y el año en que se realizó el mantenimiento, la
que llevará la identificación de la persona que realizó el servicio
o del responsable inscripto de acuerdo con las reglamentaciones
legales vigentes.
Además de la tarjeta mencionada,
para cada extintor se llevará un registro archivado permanente, que
incluirá la información siguiente que le sea aplicable: la fecha de
mantenimiento y el nombre o identificación de la persona o del
responsable que la efectuó; la fecha en que se efectuó la última
recarga y el nombre o identificación de la persona o responsable que
la efectuó; la deformación permanente luego del ensayo hidrostático.
Funcionamiento:
La empresa garantizara las condiciones de
funcionamiento establecidas en la Norma IRAM 3517
II para los distintos tipos de extintores, a través de un
procedimiento de trabajo documentado.
Ensayo
hidrostático (Prueba Hidráulica):
El ensayara hidrostáticamente los extintores según corresponda de
acuerdo al tipo de extintor cada 5 o 2 años, o si en algún momento
un extintor muestra indicios de daños por corrosión o por acción
mecánica. |